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La Autoridad Catalana de la Competencia considera que todavía existen demasiadas trabas para abrir una nueva funeraria, Policía Sanitaria Mortuoria

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Manresa ha sido una de las primeras poblaciones de Cataluña en adaptar su ordenanza funeraria a la liberalización del mercado -mediante un reglamento que reduce drásticamente los requisitos para abrir una funeraria- pero la Autoridad Catalana de la Competencia (ACCO) considera que todavía hay demasiadas trabas, según publicaba ayer, 9 de mayo, el portal Regió7.

A petición del Ayuntamiento de Manresa, la Autoridad Catalana de la Competencia (ACCO) ha hecho una valoración sobre la nueva ordenanza de servicios funerarios que detalla los aspectos que todavía deberían mejorar. En resumen, la entidad considera que no debería ser obligatorio disponer de tres vehículos ni de un stock de féretros para dos meses ni depositar 10.000 euros de fianza.

También considera necesario que en la aprobación de la versión definitiva de la ordenanza se supriman los requisitos relativos a las instalaciones de tanatorio y las limitaciones de nivel urbanístico que podrían condicionar la implantación de este tipo de servicio.

Para la ACCO resulta claro que la exigencia de estos requisitos podría dificultar la implantación, especialmente de empresas de pequeña dimensión que no siempre tienen la capacidad de realizar desembolsos iniciales importantes, lo que les impediría seguir la dinámica natural del crecimiento, es decir,  iniciar la actividad con pocos medios e incrementarlos gradualmente a medida que el negocio se consolida y comienza a dar resultados positivos.

Asimismo, la ACCO considera oportuno valorar la conveniencia de suprimir el requisito relativo al número mínimo de vehículos de transporte funerario, o limitarlo a uno. Asimismo, respecto al requisito relativo al número de féretros, la asociación ve desproporcionada la obligación de contar con una reserva mínima equivalente a dos meses de cobertura, y más si se tiene en cuenta que en el municipio, ya en la actualidad, son varios los operadores autorizados que prestan los servicios funerarios.

Si se toma como referencia la cifra de defunciones producidas en Manresa, este stock debería ser de un mínimo de entre 100 y 200 féretros por cada operador. En este sentido, la ACCO recuerda que la anterior ordenanza no determinaba ningún stock mínimo de féretros y se remitía exclusivamente al que disponía la normativa de Policía Sanitaria Mortuoria lo que sería más positivo desde una óptica de competencia.

La ACCO también considera que sería necesaria una revisión de las normas urbanísticas vigentes que, en muchas ocasiones, son “injustificadamente restrictivas” en relación con el suelo apto para la implantación de nuevos tanatorios y, en su caso, su modificación para “reducir esta barrera que, a veces, es insalvable”.

Ver “Valoración, desde una óptica de competencia, del texto refundido de la Ordenanza reguladora de los servicios funerarios del municipio de Manresa” de la Autoridad Catalana de la Competencia. 

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