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El Gobierno adapta el Reglamento General europeo de Protección de Datos para asegurar su aplicación en España

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El Consejo de Ministros aprobó a finales de julio un Real Decreto-ley con medidas urgentes para adaptar el Derecho español al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), norma de la Unión Europea que al entrar en vigor el pasado 25 de mayo impuso importantes modificaciones en la legislación interna, cambios que fueron incorporados a un proyecto de ley.

​La entrada en vigor del RGPD provocó un vacío legal que dificulta su aplicación en España, lo que podría dejar desprotegido el derecho fundamental de los ciudadanos a su privacidad. Por eso era imprescindible y urgente la adopción de una norma con rango de ley que permita la adaptación del Derecho español al reglamento europeo en algunas cuestiones cuya regulación no está reservada a ley orgánica. El Real Decreto-ley aprobado tendrá vigencia sólo hasta el momento en el que las Cortes aprueben el proyecto de ley cuya tramitación parlamentaria sigue pendiente.

El Real Decreto-ley regula aspectos relacionados con la inspección, el régimen sancionador y el procedimiento de instrucción que son relevantes para la garantía efectiva del derecho a la protección de los datos personales, dado que aportan la seguridad jurídica necesaria sin cuya existencia el modelo europeo de supervisión queda debilitado y, con él, las opciones de los ciudadanos de hacer valer su privacidad.

En este sentido, el Real Decreto-ley fija cuál es el personal competente para realizar las labores de investigación previstas en el RGPD y regula el modo en que podrán desarrollar su actividad de inspección. Asimismo, determina el régimen aplicable al personal de las autoridades de supervisión de otros Estados miembros de la Unión Europea que participen en actuaciones conjuntas de investigación.

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